Bases específicas reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales

Desde el Ayuntamiento entendemos que la participación ciudadana es uno de los pilares básicos para que un pueblo sea dinámico, ofreciendo actividades variadas atendiendo a las necesidades de todos los colectivos que forman la sociedad, y sea, además, garantía de diversidad y pluralidad.

Esta participación necesita que las instituciones sean un apoyo, y que se establezcan colaboraciones para el desarrollo del pueblo y de sus gentes. A través de la ayuda económica se facilita esta participación, para que el desarrollo del potencial que guarda el tejido asociativo de nuestro pueblo se pueda llevar a cabo y podamos enriquecernos de ello.

Las Asociaciones de nuestra localidad podrán presentar la solicitud en el plazo de 30 días hábiles en las oficinas municipales del Ayuntamiento, en horario laboral de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.

La solicitud deberá ser presentada, según el modelo recogido en el anexo 1, acompañada de la siguiente documentación:

a. Fotocopia del DNI de la persona que ocupe el cargo de la presidencia, quien debe firmar la solicitud.

b. Ficha de alta a terceros, debidamente cumplimentada y firmada por la entidad bancaria, solo en los siguientes casos (anexo 2):

  • Si se solicita subvención por primera vez.
  • Si, teniendo concedida subvenciones en años anteriores, se ha producido algún cambio en los datos bancarios.

c. Declaración responsable (anexo 3).

Para más información consulte las bases reguladoras del siguiente enlace:

BASES EN EL B.O.P.

SOLICITUD SUBVENCIÓN ASOCIACIONES

SOLICITUD DE APERTURA O MODIFICACIÓN DE FICHA DE TERCERO Y PAGO

DECLARACIÓN RESPONSABLE

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